lunes, 14 de octubre de 2013

¿Renovar el carné o llevarlo caducado?

Cada cierto tiempo nos toca renovar el permiso de conducir, pero no es raro que se nos pase. Algunas veces simplemente nos despistamos y se nos olvida renovarlo a tiempo, esperamos unos días, unas semanas... Otras veces, estamos un poco justos de dinero y preferimos esperar al mes que viene, a la paga extra o a andar un poco más desahogados. Pero no renovar el carné a tiempo puede traernos más disgustos que desahogo.

El primer problema sería que nos parase un agente de la autoridad (policía municipal, guardia civil, etc.) y nos pidiese el carné. Si lo llevamos caducado, no estamos cometiendo un delito, pero sí una infracción grave regulada en el artículo 12.4 del Reglamento General de Conductores y en el artículo 60.1 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, que conlleva una multa de 200 € (con descuento de 100 € por pronto pago). Además, nos pueden inmovilizar el vehículo hasta que se presente un conductor con el permiso en vigor para poder conducirlo.

El segundo problema, y mucho más grave, sería que tuviésemos un accidente de tráfico, seamos culpables o no, y la compañía de seguros, al tramitar el siniestro, se diera cuenta de que nuestro permiso de conducción está caducado. Todos los seguros de vehículos establecen que tanto la documentación del vehículo como la del conductor tienen que estar en regla. En caso contrario, las condiciones de cada seguro pueden variar, pero es posible:

  • Que si tenemos un seguro a todo riesgo (con o sin franquicia), la aseguradora no se haga cargo de nuestros daños.
  • Que se haga cargo de los daños al otro vehículo, si nosotros somos los culpables, pero luego nos repercuta a nosotros los gastos correspondientes. En pocas palabras: acabaremos pagando el arreglo del otro vehículo y también el del nuestro. Y eso, en el mejor de los casos, porque si hubiese daños personales, los gastos médicos, indemnización, etc., también pueden correr a nuestra costa y la factura puede ser astronómica.
Tampoco podemos olvidar la finalidad del psicotécnico: que un especialista compruebe que estamos en condiciones físicas y psicológicas adecuadas para conducir. A lo largo del reconocimiento, pueden llegar a descubrir algún problema en la vista o de otro tipo, que, de no ser descubierto y corregido a tiempo, podría tener consecuencias fatales para nosotros, o para terceros, si conducimos sin estar en plenas facultades.

Además, existe la falsa creencia de que tenemos un mes de plazo para renovar el carné a partir de la fecha de caducidad. Pero NO es cierto, el permiso caduca en la fecha que consta en el mismo, ni un día, ni una semana, ni un mes después.

Lo que sí conviene saber, es que podemos renovar el carné hasta 3 meses antes de que caduque, sin que nos varíe la fecha de caducidad del nuevo carné. Por ejemplo, si nuestro carné caduca el 30 de junio, podemos renovarlo a partir del 30 de marzo anterior y la fecha de caducidad del nuevo seguirá siendo el 30 de junio.

Por eso, te recomendamos que no lo dejes y, si es posible, lo renueves con suficiente antelación (hasta 3 meses), para evitar despistes de última hora y que se te pase el plazo. Conducirás en condiciones legales y la salud de tu bolsillo estará a salvo.

Centro Psicotécnico de Clínica Panaderos